CONDICIONES NEGOCIADORAS
PALÁCIO DO CORREIO VELHO – LEILÕES E ANTIGUIDADES, S.A. (en adelante designado como PALÁCIO DO CORREIO VELHO) sujeta su actividad a las presentes Condiciones Negociadoras y a cualquier otra que sea individualmente especificada.
I – PARTE GERAL
Artículo 1.º
(Objeto)
Estas Condiciones Negociadoras regulan la actividad de la empresa PALÁCIO DO CORREIO VELHO y rigen las relaciones contractuales con ella relacionadas.
Artículo 2.º
(Definiciones)
En las presentes Condiciones Negociales:
a) Catálogo - Engloba toda y cualquier propaganda, folleto, lista de precios o cualquier publicación del PALÁCIO DO CORREIO VELHO, tenga la naturaleza que tenga.
b) Comisión de Compra - Corresponde a la comisión relacionada con la compra, aplicada sobre el Precio de Martillo y pagada por el Comprador a la Tasa aplicable.
c) Comisión de Venta - Corresponde a la comisión relacionada con la venta, que se deduce del precio de Martillo y es soportada por el Vendedor a la tasa aplicable.
d) Comprador - Es la persona que puja personalmente o a través de un representante, en los términos de estas Condiciones negociadoras, el valor mas alto al precio de martillo.
e) Gastos - Relativos con la venta de cualquier lote, relacionados con los costes del PALÁCIO DO CORREIO VELHO, según la lista de precios, con catalogación, ilustraciones, publicaciones, publicidad, restauración, seguro, embalado, almacenamiento y transporte, relativos a los lotes así como cualquier cantidad de IVA incidente sobre los Gastos.
f) Falsificación Deliberada corresponde a una imitación realizada con el fin de inducir a error en cuanto a la autoría, origen, fecha, edad, período, cultura, fuente o cualquier otro dato esencial, siempre que haya divergencia relativamente a la descripción constante del catálogo y que tal imitación a la fecha de la venta tenga un valor material inferior al que tendría si la descripción constante en el catálogo fuese la correcta.
g) Montante Total en Deuda es el que corresponde al Precio de Martillo de un lote vendido, añadiéndole la Comisión de Compra y de eventuales encargos y gastos adicionales debidos por un Comprador en situación de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11º.
h) Obra de Arte Original corresponde, en los términos del artículo 54º, nº del Código de Derechos de Autor y de Derechos Conexos, a cualquier obra de arte gráfica o plástica, como cuadros, collage, pinturas, dibujos, serigrafías, grabados, estampas, litografías, esculturas, tapices, cerámica, cristal y fotografía, en la medida en que sea ejecutada por el autor o se trate de copias consideradas como obras de arte originales, debiendo estar numeradas, firmadas o por cualquier modo por él autorizadas.
i) Precio de Martillo Precio de Martillo significa el precio por el que fue adjudicado un lote por el pregonero a favor del correspondiente Comprador.
j) Cantidad Debida corresponde al montante líquido en deuda al Vendedor, es decir, el precio de martillo del lote vendido menos la Comisión de Venta a la Tasa aplicable y los Gastos y cualquier cantidad en deuda con el Palacio do Correio Velho por el Vendedor a cualquier título, siempre con IVA eventualmente incidente.
k) Tasa Aplicable corresponde a las tasas aplicables a la Comisión de Venta y a la Comisión de Compra practicadas y debidamente anunciadas o especificadas por el PALÁCIO DO CORREIO VELHO.
l) Vendedor es la persona o la entidad que celebra con el PALÁCIO DO CORREIO VELHO un contrato de venta en subasta.
II – CONDICIONES RELACIONADAS CON LOS COMPRADORES
Artículo 3.º
(El Comprador)
1 – El licitante o postor que presente el valor más alto, será el Comprador al Precio de Martillo, teniendo potestad el pregonero para decidir, sobre cualquier duda o conflicto.
2 – El PALÁCIO DO CORREIO VELHO considera que todos los licitantes actúan individualmente y solo considerará licitantes en nombre de otro cuando se entregue una procuración dos días antes de la subasta.
Artículo 4.º
(Aumento Mínimo)
El pregonero puede rechazar cualquier cifra que no exceda la cifra anterior por lo menos en un 5% o cualquier otra proporción que determine.
Artículo 5.º
(Comisión de Compra)
El Comprador pagará al PALÁCIO DO CORREIO VELHO la Comisión de Compra a la Tasa Aplicable, que incluye el IVA a la tasa legal:
Subastas de Antigüedades, Arte Moderno y Contemporáneo (Presencia en la Sala, Pujas Telefónicas y Ofertas - por escrito, vía fax, vía web: www.pcv.pt) - 18,50% (IVA Incluido)
Subastas de Antigüedades, Arte Moderno y Contemporáneo (Pujas Live – Invaluable) – 26,00 % (IVA Incluido)
Subastas Online y Tienda Online – 24,60 % (IVA Incluido)
Artículo 6.º
(Pago)
1 – Sin prejuicio de lo dispuesto en el Artículo 7º o en cualquier otra disposición de estas Condiciones Negociadoras, el Comprador debe pagar al PALÁCIO DO CORREIO VELHO el Montante Total en Deuda en el plazo de 5 (cinco) días laborables a partir de la fecha de la subasta, así como facilitar su nombre, su dirección, su teléfono, el NIF y si se lo solicitan el nº de DNI, la fecha y el local de emisión.
2 – En el momento del remate, el PALÁCIO DO CORREIO VELHO podrá exigirle al Comprador una señal del montante que corresponde al 30% del Montante Total en Deuda.
Artículo 7.º
(Condiciones de Crédito)
El PALÁCIO DO CORREIO VELHO podrá, negociar y acordar, antes de la subasta, condiciones de crédito para el Comprador, en cuyos términos el Comprador podrá tomar pose de los lotes adquiridos hasta un valor determinado, antes de haber pagado el Montante total en deuda, pago que se debe realizar en la fecha acordada con el PALÁCIO DO CORREIO VELHO.
Artículo 8.º
(Transferencia de Titularidad de los Lotes)
La titularidad del lote o lotes rematados no se transferirá para el Comprador hasta que este no realice el pago integral del Montante Total en deuda.
Artículo 9.º
(Recogida de los Lotes Adquiridos)
1 – Sin prejuicio de las condiciones especiales acordadas en los términos del Artículo en 7.º, el Comprador deberá, a su costa, proceder a la recogida del lote o lotes adquiridos en el plazo de 8 (ocho) días laborables a partir de la fecha de la subasta y tras haber pagado la cantidad total en deuda.
2 – Si el lote adquirido y pagado, no es recogido en el plazo referido de 8 (ocho) días, correrán por cuenta del Comprador, a partir de esa fecha, todos los gastos de transporte, almacenamiento y seguro de los lotes, en los términos de la tarifa en vigor, pudiendo el
PALÁCIO DO CORREIO VELHO invocar derecho de retención sobre las piezas hasta el efectivo e integral pago de todos los gastos.
3- En el caso de que el cliente comprador no proceda a la recogida de las piezas adquiridas y sin decir nada, dentro del plazo de 30 (treinta) días tras el pago de los lotes, el mismo autoriza expresa e incondicionalmente y sin reservas que el PALÁCIO DO CORREIO VELHO proceda a la venta de los mismos para resarcir todos los costes soportados.
4 – Si hubiese saldo positivo con la venta de los lotes, este será transferido para la cuenta bancaria (IBAN) que el Cliente comprador facilite.
5 – El embalaje y la manipulación de los lotes adquiridos, lo llevará a cabo, a modo de cortesía el personal del PALÁCIO DO CORREIO VELHO, tan solo para aquellos clientes que hayan adquirido objetos perecederos.
6 – En ninguna situación el PALÁCIO DO CORREIO VELHO se responsabilizará de los daños causados en cristales, espejos, marcos o cerámicas, sea cual sea la causa del origen de tales daños.
7 – El PALÁCIO DO CORREIO VELHO podrá recomendar, siempre que el Comprador lo solicite, tanto en las subastas públicas, como en las subastas online, empresas embaladoras, transportadoras, de restauración u otras, lo que no significa, de modo alguno que sea responsable de la actuación de tales empresas.
Artículo 10.º
(Responsabilidad del Comprador de los Lotes Adquiridos)
1 – Tras la recogida de los lotes o si ocurre primero tras el plazo mencionado en los artículos 9º, nº 1, el Comprador será responsable de la pérdida o daños causados en los lotes que haya adquirido.
2 – El PALÁCIO DO CORREIO VELHO y sus representantes, trabajadores y colaboradores, a partir del momento referido en el número anterior, no podrán ser responsabilizados por pérdidas o daños de cualquier naturaleza causados, incluso si son por negligencia o por otra causa.
Artículo 11.º
(No Pago o No Recogida de los Lotes adquiridos)
Si el Comprador no paga o recoge en su totalidad el lote (s) en los plazos y en las condiciones establecidas en los artículos 6º y 9º o si hubiese incumplimiento de alguna o de ambas disposiciones, el PALÁCIO DO CORREIO VELHO, en calidad de representante del Vendedor, podrá sin perjuicio de cualquier otro derecho del que sea titular, adoptar una o varias de las siguientes conductas:
a) Actuar judicialmente contra el Comprador con el objetivo de ser resarcido de los perjuicios causados por el incumplimiento del contrato.
b) Cobrar intereses a la tasa legal sobre la Cantidad Total en deuda hasta el momento de la liquidación total de esta.
c) Resolver el contrato teniendo como objeto el lote o lotes vendidos al Comprador en falta, en la subasta en causa o en cualquier otro, si la Cantidad Total de la deuda y / o recogida de lo lotes no se lleva a cabo en el plazo adicional de 8 ( ocho) días concedidos aquí expresamente por el PALÁCIO DO CORREIO VELHO como última oportunidad de cumplimiento. Tal plazo empezará a contar a partir del día en el que termina el plazo fijado en el artículo 6º, nº de las presentes Condiciones Negociadoras.
d) Vender de nuevo el lote en causa o hacer que sea vendido, de nuevo, en subasta o proceder a su venta por negociación particular, en este caso, el Comprador en falta deberá pagar al PALÁCIO DO CORREIO VELHO cualquier cantidad que esté en deuda con referencia al Montante Total en deuda (tras la deducción de algún pago parcial que se haya efectuado y añadidos a los costes suplementarios resultantes de la venta), perteneciendo al Comprador en falta algún saldo remaneciente, si así se verifica.
e) Retirar, almacenar y asegurar el lote o lotes a costa del Comprador en falta cabiendo al PALÁCIO DO CORREIO VELHO el derecho de decidir si el almacenamiento será en sus almacenes o en otros.
f) Retener aquel u otro lote vendido al Comprador en falta en la subasta en causa o en otra y libertarlo una vez que el Comprador haya pagado el Montante Total en deuda.
g) Rechazar o ignorar cualquier puja realizada por el Comprador en falta o por otro en su nombre en cualquier subasta posterior o solicitar y obtener un depósito por parte del Comprador en falta antes de volver a aceptar o considerar cualquier puja presentada en el futuro.
h) Tomar todas las precauciones que en cualquier momento, crea necesarias para obtener el pago del montante Total en deuda del Comprador en falta, así como resarcirse de la deuda existente a través del montante del precio de algún bien del Comprador en falta que en ese momento se encuentre en posesión del PALÁCIO DO CORREIO VELHO, sea a que título sea.
Artículo 12.º
(Derechos sobre Fotografías y Publicaciones tras la Venta)
El Comprador concede al PALÁCIO DO CORREIO VELHO el derecho de usar los textos, las fotografías, las ilustraciones u otros referidos en el artículo 23.º de las presentes Condiciones Negociadoras por su iniciativa, en cualquier momento tras la realización de la subasta.
Artículo 13.º
(Estado y Autenticidad de los Lotes)
1 – Considerando que los bienes vendidos en subasta tienen, en general, significativa antigüedad, todos los bienes se venden en el estado en el que se encuentran, con defectos, imperfecciones y errores u omisiones de descripción.
2 – Las ilustraciones o representaciones de los catálogos se destinan exclusivamente a la identificación de los bienes que están a la venta.
3 – Los compradores aceptan y están satisfechos con los lotes en el estado en el que se encuentran antes de la venta en subasta y juzgarán libremente si los lotes se corresponden o no con la descripción facilitada.
4 – Ni el PALÁCIO DO CORREIO VELHO, ni sus representantes, trabajadores o colaboradores podrán responsabilizarse de los errores relacionados con la descripción o autenticidad de cualquier lote una vez que el PALACIO DO CORREIO VELHO, sus representantes, trabajadores o colaboradores no da ninguna garantía.
5 – Si se demostrase que alguno de los lotes constituye una Falsificación Deliberada, el Comprador podrá devolver el lote al PALÁCIO DO CORREIO VELHO en el plazo de 5 (cinco) años contados desde el día de la realización de la subasta, llevándose a cabo la devolución en el mismo estado en que estaba el lote en la fecha de la subasta, acompañado de un informe certificado por entidad de reconocido prestigio y credibilidad, de los defectos y de las falsificaciones del lote, de su número y de la fecha de la subasta en la que fue adquirido. 6 – Si el PALÁCIO DO CORREIO VELHO considera que se trata de una Falsificación Deliberada y el Comprador sigue siendo el dueño del bien adquirido, la compra y venta será considerada nula y sin efecto y el montante del precio será devuelto sin que el Vendedor se pueda oponer.
7 – Lo dispuesto en los números anteriores no se aplicará si:
a) La descripción en el catálogo a la fecha de la venta estuviese de acuerdo con la opinión generalizada de los peritos y entendidos sobre la materia o si consta en la descripción la existencia de divergencia de opiniones entre esos peritos o entendidos.
b) El único método de determinar, la fecha de la publicación del catálogo, que el bien constituía Falsificación Deliberada, consiste en procedimientos científicos no comprobados y aceptados tras la publicación del catálogo o a través de procedimientos impracticables.
8 – Los derechos del Comprador previstos en esta cláusula se limitan al montante del precio pagado, no pudiendo el Comprador reivindicar cualquier pérdida, prejuicio o daño sufrido o gasto realizado.
9 – El beneficiario del régimen previsto en esta cláusula será exclusivamente el Comprador originario, es decir, aquel que adquirió el bien en la subasta, identificado por la factura emitida por el PALÁCIO DO CORREIO VELHO, con respecto al bien, lote o lotes vendidos.
III – CONDICIONES RELACIONADAS CON LOS VENDEDORES
Artículo 14.º
(Garantía de Titularidad y de Disponibilidad del Bien)
1 – Los objetos vendidos en subasta están al abrigo del contrato celebrado entre el Vendedor y el PALÁCIO DO CORREIO VELHO.
2 – El Vendedor está obligado a informar al PALÁCIO DO CORREIO VELHO de la titularidad de la pieza, principalmente cómo fue adquirida y su respectiva procedencia.
3 – El Vendedor le garantiza al PALÁCIO DO CORREIO VELHO y al Comprador que es el propietario legitimo del bien o que está legalmente autorizado por el dueño para venderlo.
4 – El Vendedor de un bien que no se encuentre en la pose del PALÁCIO DO CORREIO VELHO o bajo su control, asume delante del PALÁCIO DO CORREIO VELHO y del Comprador la obligación de poner el bien a disposición del Comprador si este así lo solicita.
5 – El Vendedor se compromete a indemnizar al PALÁCIO DO CORREIO VELHO, a sus representantes, trabajadores o colaboradores, así como al Comprador por cualquier daño o perjuicio que sufran como consecuencia del incumplimiento de algunas de las disposiciones previstas en los apartados anteriores.
Artículo 14.ºA
(Condiciones para venta en subasta de piezas, productos o derivados de animales y/o plantas adquiridos e introducidos en Portugal antes de la entrada en vigencia de la Convención CITES 1975)
1 – El Vendedor de piezas, productos o derivados de animales y/o plantas adquiridos e introducidos en Portugal antes de la entrada en vigencia de la Convención CITES 1975, especialmente, piezas en marfil, de rinoceronte, tortuga y coral, entre otras, que, dada su naturaleza, carecen de certificación a emitir por el ICNB, deberán entregar al PALACIO DO CORREIO VELHO prueba de la respectiva certificación hasta 15 días previos a la fecha prevista para la subasta, bajo pena de que el PALÁCIO DO CORREIO VELHO se rehúse a subastar tal pieza, correspondiendo al Vendedor reembolsar al PALACIO DO CORREIO VELHO todos los gastos en que éste ya haya incurrido para la inclusión y preparación de dicha pieza para subasta.
2 – En caso de que así se acuerde entre el Vendedor y el PALACIO DO CORREIO VELHO, éste podrá hacerse cargo del proceso de legalización de la pieza, asumiendo el Vendedor la obligación de firmar los formularios del ICNB que el PALACIO DO CORREIO VELHO le presente, o, en caso que el Vendedor no sea el propietario de la pieza, de obtener el formulario firmado por el propietario respectivo, así como la obligación de entregar al PALACIO DO CORREIO VELHO todos los documentos y declaraciones exigidos, a la fecha y para este efecto, por el ICNB y, además, autorizar cualquier peritaje a la pieza exigida por esta autoridad.
Artículo 14.ºB
(Régimen Jurídico de la Orfebrería y de la Contrastación – Ley Nº 98/2015, de 18/08/2015)
Todos los bienes constituidos por metales preciosos que el PALACIO DO CORREIO VELHO, coloque a la venta, cumplen las disposiciones establecidas en la Ley Nº 98/2015, del 18 de Agosto y respectivo reglamento, encontrándose debidamente contrastadas.EL PALACIO DO CORREIO VELHO deducirá, al valor de martillo de las obras, las tarifas aplicadas por INCM, siempre que los bienes que, no estando contrastados, deban ser objeto de contraste, de acuerdo con la Tabla de Precios previstos en la Resolución Nº 403-B/2015 (que puede consultarse en https://www.incm.pt/portal/uco_precario.jsp), además de un cargo de servicio constante en nuestra Lista de Precios.
Artículo 15.º
(Reservas)
1 – El Vendedor tiene el derecho de, en la fecha de la celebración del contrato con el PALÁCIO DO CORREIO VELHO, de acordar un valor de reserva, fijando el Precio de Martillo mínimo a partir del cual el lote en causa podrá venderse. Si el Vendedor acepta llevar el lote a la plaza sin valor de reserva, esto implica que este puede ser vendido por debajo del precio de la cifra minima, por la mayor oferta.
2 – Tras contratar el valor de reserva del lote, no podrán alterarse las condiciones de la reserva sin el consentimiento del PALÁCIO DO CORREIO VELHO.
3 – El Vendedor se compromete a no retirar las piezas de la subasta a partir de la fecha de su depósito para venta.
4 – El PALÁCIO DO CORREIO VELHO podrá, aunque se haya acordado el valor de reserva, si así lo entiende, vender a un Precio de Martillo por debajo de ese valor y en este caso el Vendedor tiene derecho a recibir la misma cantidad a la que se le hubiese pagado si el lote se hubiese vendido por el valor de la reserva.
Artículo 16.º
(Deducción de las Comisiones de Venta y de Gastos)
El Vendedor autoriza al PALÁCIO DO CORREIO VELHO a deducir del Precio de Martillo, la cantidad de la Comisión de Venta que se le debe, a la Tasa aplicable, así como el montante de los Gastos.
Artículo 17.º
(Seguro)
1 – El PALÁCIO DO CORREIO VELHO asegurará los bienes que se encuentren en su poder para venta.
2 – El Vendedor soportará el montante referente al premio del seguro, independientemente de la naturaleza del bien en causa, salvo negociación en contra y autoriza al PALÁCIO DO CORREIO VELHO a deducir del Precio de Martillo, el montante referente al premio del seguro.
3 – Todos los objetos asegurados por el PALÁCIO DO CORREIO VELHO tienen una franquicia de 1.000,00€ (mil euros) por siniestro, por lo que a cualquier indemnización se le aplicará la referida franquicia.
4 – Si el Vendedor o el dueño del bien pretenden asegurarlo, deben hacerlo en el valor que el PALÁCIO DO CORREIO VELHO considere, en cada momento, que este alcanzará en la subasta, estando el seguro en vigor hasta que la titularidad del bien deje de pertenecer al Vendedor o hasta que este o el dueño del bien lo recojan.
5 – En los casos referidos y en otros en los que el PALÁCIO DO CORREIO VELHO no efectúe seguro de las piezas por expresa voluntad del Vendedor o del dueño del bien, será el Vendedor o el dueño del bien el único responsable por las piezas y ni el PALÁCIO DO CORREIO VELHO ni cualquier representante, trabajador o colaborador, se podrá responsabilizar por la perdida o daño, aunque estén provocados por negligencia o por cualquier otra causa.
6 – El PALÁCIO DO CORREIO VELHO no podrá en ningún caso, ser responsabilizado por los daños en objetos de vidrio, espejos, marcos o cerámicas.
Artículo 18.º
(Resolución del Contrato por el Comprador)
Si, antes de que el PALÁCIO DO CORREIO VELHO envíe la Cantidad de Debida al Vendedor, el Comprador formaliza la pretensión de resolver el contrato en los términos y de acuerdo con el Artículo 13º y si el PALÁCIO DO CORREIO VELHO entiende que el Comprador tiene razón, podrá resolver el contrato de compra y venta y restituir al Comprador las cantidades entregadas al PALÁCIO DO CORREIO VELHO con respecto al lote/lotes en causa.
Artículo 19.º
(Pago de la Cantidad Acordada)
1 – El PALÁCIO DO CORREIO VELHO enviará al Vendedor la Cantidad Debida 30 (treinta) días después del día en el que tuvo lugar la última sesión de la subasta.
2 – En el caso en el que el PALÁCIO DO CORREIO VELHO no haya recibido del Comprador el Montante Total de la deuda hasta la fecha referida en el número anterior, el PALÁCIO DO CORREIO VELHO enviará la Cantidad Debida en el plazo de 5 (cinco) días laborables a contar desde la fecha en la haya recibido del Comprador el Montante Total en deuda.
3 – Como alternativa a lo dispuesto en los números anteriores, el PALÁCIO DO CORREIO VELHO podrá optar por enviar al Vendedor la Cantidad Debida aunque el Comprador no le haya pagado el Montante Total de la Deuda en el plazo previsto en el número 1 y en este caso la propiedad del lote será transferida para el PALÁCIO DO CORREIO VELHO.
4 – Si el PALÁCIO DO CORREIO VELHO hubiese acordado condiciones de crédito con el Comprador, el PALÁCIO DO CORREIO VELHO enviará al Vendedor la Cantidad Debida en el plazo de 30 (treinta) días referido en el número 1.
Artículo 20.º
(No Pago de la Cantidad Total en Deuda)
1 – Si el Comprador no paga al PALÁCIO DO CORREIO VELHO el Montante Total en Deuda en el plazo de 30 (treinta) días a contar desde la fecha de realización de la subasta, el PALÁCIO DO CORREIO VELHO ponderará y decidirá con el Vendedor, la solución más adecuada, en los términos del Artículo 11º, para obtener el pago del Montante Total en Deuda.
2 – Si las circunstancias inherentes al caso concreto no hacen posible que el PALÁCIO DO CORREIO VELHO obtenga instrucciones del Vendedor para darle una solución a la situación prevista en el número anterior, el Vendedor autoriza expresamente al PALÁCIO DO CORREIO VELHO a acordar condiciones especiales de pago del Montante Total en Deuda, retirar, almacenar o asegurar el lote vendido, resolver retenciones formuladas por o contra el Comprador, en términos y condiciones que el PALÁCIO DO CORREIO VELHO juzgue adecuadas para el cobro de la importancia en deuda por el Comprador al Vendedor y si es necesario, proceda a la resolución del contrato, devolviéndole el dinero al Comprador o adoptando cualquiera de las conductas previstas en el Artículo 11º.
Artículo 21.º
(Deducción de Otras Deudas)
El Vendedor autoriza expresamente al PALÁCIO DO CORREIO VELHO a deducir del montante líquido que le sería debida a título de Cantidad Debida, las cantidades por este debidas como Comprador de otros bienes, operándose en esa medida la compensación de los créditos existentes.
Artículo 22.º
(Gastos referentes a los Lotes Retirados)
Si un Vendedor cancela el Contrato de Compra Venta, el PALÁCIO DO CORREIO VELHO se reserva el derecho de cobrar una tasa del 10% de la ultima estimativa o estimativa media del precio de la subasta, del bien retirado al tiempo de la cancelación, añadiendo el IVA a la tasa legal y los Gastos efectuados, imputados al bien en causa.
Artículo 23.º
(Derechos sobre Fotografías y Publicaciones)
El Vendedor concede al PALÁCIO DO CORREIO VELHO el derecho de fotografiar y publicar, bajo cualquier forma, textos, fotografías o ilustraciones de cualquier tipo, teniendo como objeto cualquier lote en pose del PALÁCIO DO CORREIO VELHO para venta, así como de usar los textos, fotografías o ilustraciones de cualquier especie, así como otras facilitadas por el Vendedor, por su iniciativa, en cualquier momento, relacionado o no con la celebración de la subasta.
Artículo 24.º
(Lotes No Vendidos)
1 – Si se frustra la venta de un lote, el PALÁCIO DO CORREIO VELHO se lo comunicará al Vendedor.
2 – Deberá el Vendedor, en un plazo máximo de 8 (ocho) dias laborales, después de recebir la comunicación, decidir entre volver a ofrecer el lote para venta o retirarlo, mediante el pago de los Gastos Debidos.
3 – Si el Vendedor no le comunica al PALÁCIO DO CORREIO VELHO, en el plazo mencionado en el número anterior, cualquiera de las decisiones previstas en el número anterior, será el responsable de los gastos de retirada, almacenamiento o seguro del lote.
4 – Si el Vendedor no le comunica al PALÁCIO DO CORREIO VELHO cualquiera de las decisiones previstas en el nº 2 en el plazo de 3 (tres) meses a contar desde la recepción de la comunicación mencionada en el nº 1 se le reconoce al PALÁCIO DO CORREIO VELHO el derecho a vender el lote en subasta, sin Valor de Reserva y de deducir del precio de martillo cualquier cantidad en deuda con el PALÁCIO DO CORREIO VELHO, incluyendo, y sin límites, cualquier gasto referente a la retirada, almacenamiento y seguro, así como otros Gastos debidos, la Comisión de Venta a la Tasa Aplicable y todos los gastos razonables antes de presentar el saldo al Vendedor o si este está ilocalizable, de depositar en una cuenta bancaria en nombre del PALÁCIO DO CORREIO VELHO, pero cuyo saldo se destinará al Vendedor.
Artículo 25.º
(Venta de Obras de Arte Originales)
1 – Si el bien vendido en subasta corresponde a una Obra de Arte Original que no sea de arquitectura ni de arte aplicada, el autor de la obra, que no sea el Vendedor, tendrá derecho en los términos del Art. 54.º, n.º 1, del Código de Derechos de Autor, a una participación del precio obtenido en la venta, libre de impuestos.
2 – En los términos del Art. 54.º, n.º 7 del Código de Derechos de autor, el pago de la participación referida en esta cláusula es de la responsabilidad del Vendedor de la Obra de Arte Original, por lo que el Vendedor, se compromete a entregar al autor de la obra la cantidad respectiva.
3 – En el caso de que el autor de la Obra de Arte Original contacte al PALÁCIO DO CORREIO VELHO con el fin de que le pague la participación referida en esta cláusula, el PALÁCIO DO CORREIO VELHO informará al autor de la identificación y datos del Vendedor y de los términos en que se procesó la venta, para que el autor pueda ejercer su derecho legal con el Vendedor.
4- Si el Autor de la Obra de Arte Original está representado por la SPA ( Sociedade Portuguesa de Autores, CRL), el PALÁCIO DO CORREIO VELHO deducirá del valor de la adjudicación de las obras, la cantidad correspondiente a los Derechos de Autor y la entregará a la SPA, con carácter liberatorio de acuerdo con el Protocolo firmado con esta entidad.
5 – La participación referida en el nº 1 se fija, en los términos del Art.54º, nº 4 del Código de Derecho de Autor, del siguiente modo, no pudiendo nunca exceder los 12.500,00€:
a) 4% sobre el precio de venta cuyo montante este comprendido entre los €3.000 y los €50.000;
b) 3% sobre el precio de venta cuyo montante este comprendido entre €50.000,01 y los €200.000
c) 1% sobre el precio de venta cuyo montante este comprendido entre los €200.000,01 y los €350.000
d) 0,5% sobre el precio de venta cuyo montante este comprendido entre los €350.000,01 y los €500.000
e) 0,25% sobre el precio de venta cuyo montante sea superior a €500.000,01
IV – DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES
Artículo 26.º
(Actuación del PALÁCIO DO CORREIO VELHO)
El PALÁCIO DO CORREIO VELHO actúa en la venta en calidad de representante del Vendedor, no pudiendo, por eso, ser responsabilizado por el Vendedor o Comprador por cualquier falta u omisión.
Artículo 27.º
(Imágenes reproducidas en catálogo)
La visualización de las imágenes en los catálogos no dispensa la observación directa de los objetos representados, con el fin de confirmar la reproducción de la pieza con su original y respectivas particularidades.
Artículo 28.º
(Opiniones del PALÁCIO DO CORREIO VELHO)
1 – Cualquier representación o declaración del PALÁCIO DO CORREIO VELHO, en cualquier catálogo, en lo que respecta a la autoría, atribución, autenticidad, origen, fecha, edad, procedencia, estado o estimativa de precio de venta, deberá ser entendida como mera emisión de opinión.
2 – Cualquier interesado deberá atender, en exclusiva, a su propio juicio de valor, en lo que se refiere a las materias encima enunciadas y ni el PALÁCIO DO CORREIO VELHO ni sus representantes, trabajadores o colaboradores, son responsables de la corrección de tales juicios de valor.
Artículo 29.º
(Puja por el PALÁCIO DO CORREIO VELHO)
Aún entendiendo que los intereses de los Compradores estarán mejor representados si el Comprador esta presente en la subasta, el PALÁCIO DO CORREIO VELHO podrá pujar en nombre de los interesados Compradores, si recibe instrucciones para ello, no pudiendo sin embargo, ni el PALÁCIO DO CORREIO VELHO ni sus representantes, trabajadores o colaboradores, responsabilizarse por cualquier negligencia o falta ejecución de esta tarea o su omisión.
Artículo 30.º
(Pujas Telefónicas)
Una orden de puja telefónica implica que el Comprador se obliga por lo menos a cubrir el valor de la cifra mínima. En caso de impedimento de la llamada telefónica, el PALACIO DO CORREIO VELHO, pujará en nombre del potencial comprador por el valor de la cifra mínima. Las pujas estarán sujetas a la disponibilidad de las líneas telefónicas del PALACIO DO CORREIO VELHO. El acceso a las pujas telefónicas implica rellenar, firmar y entregar el impreso propio hasta 4 horas antes del inicio de la subasta. Ni el PALACIO DO CORREIO VELHO ni ninguno de sus colaboradores podrá responsabilizarse por los errores o fallos en la ejecución de este servicio de pujas, por deficiencia en las líneas telefónicas, por dificultad en la recepción de las pujas o en su transmisión al subastador.
Artículo 31.º
(Rehúsas en Subasta)
1 – El PALÁCIO DO CORREIO VELHO podrá, rehusar la admisión o presencia de quien entender en cualquiera de sus subastas.
2 – El PALÁCIO DO CORREIO VELHO podrá también, rechazar cualquier cifra, dividir los lotes, asociar dos o mas lotes, retirar cualquier lote de la subasta o en caso de litigio o duda, volver a subastar cualquier lote.
Artículo 32.º
(Comunicaciones)
Las comunicaciones del PALÁCIO DO CORREIO VELHO dirigidas a Vendedores, propietarios, eventuales postores o Compradores tendrá lugar por fax, correo electrónico, teléfono y si se materializa por correo certificado, se considerará si se recibe hasta 48 horas después de la hora de expedición.
Artículo 33.º
(Datos Personales)
1 – El Comprador o Vendedor expresan y claramente consienten, el procesamiento de sus datos personales en los términos de la Ley 67/98, de 26 de Octubre, procesamiento este que se introduce en el ámbito de la autorización de exención n.º 3/99.
2 – Los datos personales del Comprador o Vendedor se registran y se procesan para efectos contractuales del PALACIO DO CORREIO VELHO- Leilões e Antiguidades S.A., así como para el envío de información sobre subastas y otros eventos organizados por el PALACIO DO CORREIO VELHO y envío de información promocional del PALACIO DO CORREIO VELHO- Leilões e Antiguidades S.A.,
3 – El Comprador o Vendedor tendrán derecho de acceso e información relativa a sus datos personales.
4 – Para acceder a sus datos personales y pedir su modificación o eliminación, el Comprador o el Vendedor podrán hacerlo a través del envío de una carta dirigida a la Calçada do Combro, 38 A – 1º – 1200-114 Lisboa, de un fax, llamando al teléfono nº 213 460 498 o de un e-mail para mail@pcv.pt.
Artículo 34.º
(Subastas Online)
En las Subastas Online, las condiciones arriba mencionadas sufren la adaptación y el ajuste en los siguientes términos:
1 – Fotografía de los lotes
Las imágenes fotográficas de los lotes podrán no mostrar, específicamente, las condiciones en las que estos se encuentran. La visualización de las imágenes en el sitio Web del PALÁCIO DO CORREIO VELHO, no dispensa la observación física directa de los lotes representados, con el objetivo de confirmar la conformidad de la pieza reproducida en la fotografía con su original y las respectivas particularidades.
2 – Comunicaciones
Las comunicaciones del PALÁCIO DO CORREIO VELHO, dirigidas a Clientes Compradores, Clientes Vendedores o eventuales pujadores se harán por e-mail, teléfono o correo. Las comunicaciones efectuadas por correo certificado se considerarán recibidas hasta 48 horas después de su expedición.
Condiciones específicas del Cliente Comprador
3 – Registro Online
Para poder pujar, el potencial Cliente Comprador, debe ser mayor de edad, estar registrado previamente en el sitio Web del PALÁCIO DO CORREIO VELHO (www.pcv.pt), debiendo obligatoriamente que rellenar los campos donde consten su nombre, la dirección, el nif, el teléfono, el e-mail, finalizando ese registro con el envío de su DNI y la aceptación de las Condiciones Contractuales.
4 – Cliente Comprador
a) El PALÁCIO DO CORREIO VELHO considera Cliente Comprador a aquel que puje y compre el objeto por el valor mas alto, sin prejuicio de la posibilidad del ejercicio de preferencia o opción por entidades oficiales, en los términos de la legislación en vigor.
b) El PALÁCIO DO CORREIO VELHO considera que quien se registra como potencial comprador, actúa por el propio y solo podrá representar a terceros, mediante la entrega previa de una procuración jurídicamente válida para ese efecto.
c) El PALÁCIO DO CORREIO VELHO se reserva el derecho de, en el acto del registro o posteriormente, solicitar al potencial Cliente Comprador la presentación del original o una copia de un documento de identificación válido.
d) El PALÁCIO DO CORREIO VELHO se reserva el derecho de rechazar el registro o ignorar cualquier puja que no haya cumplido las obligaciones de pago o recogida de uno o mas lotes en subastas anteriores.
5 – Pujas Online
a) Solo se aceptan pujas Online, a través del sitio Web www.pcv.pt, debiendo el pujador y potencial Cliente Comprador registrarse en los términos del artículo 34, número 3 de las presentes Condiciones Negóciales.
b) Ni el PALÁCIO DO CORREIO VELHO, ni sus administradores o colaboradores se responsabilizarán por errores o fallos en la ejecución de las pujas Online.
c) El pujador o potencial Cliente Comprador acepta que sus pujas On line, en el sitio Web del PALÁCIO DO CORREIO VELHO., son definitivas y no pueden, por cualquier medio, ser anuladas o retiradas. El PALÁCIO DO CORREIO VELHO no se responsabiliza de los fallos o errores que ocurran durante la puja On line por parte del pujador o potencial Cliente Comprador.
d) El PALÁCIO DO CORREIO VELHO, se reserva el derecho de recomenzar cualquier subasta o puja de cualquier lote si considera que es apropiado y razonable hacerlo.
6 – Incrementos de las Pujas
a) Los incrementos de las pujas los establece el PALÁCIO DO CORREIO VELHO, de acuerdo con las siguiente tabla de incrementos.
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€ 1,00 |
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€ 20,00 |
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€ 1,00 |
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€ 20,00 |
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€ 40,00 |
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€ 2,00 |
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€ 40,00 |
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€ 100,00 |
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€ 5,00 |
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€ 100,00 |
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€ 200,00 |
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€ 10,00 |
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€ 200,00 |
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€ 500,00 |
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€ 20,00 |
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€ 500,00 |
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€ 1.000,00 |
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€ 50,00 |
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€ 1.000,00 |
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€ 3.000,00 |
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€ 100,00 |
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€ 3.000,00 |
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€ 5.000,00 |
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€ 200,00 |
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€ 5.000,00 |
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€ 10.000,00 |
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€ 500,00 |
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€ 10.000,00 |
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€ 100.000,00 |
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€ 1.000,00 |
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€ 100.000,00 |
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€ 200.000,00 |
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€ 10.000,00 |
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€ 200.000,00 |
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€ 300.000,00 |
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€ 20.000,00 |
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€ 300.000,00 |
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€ 500.000,00 |
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€ 30.000,00 |
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€ 500.000,00 |
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€ 1.000.000,00 |
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€ 50.000,00 |
; € 50.000,00; € 80.000,00 (Ex: €330.000,00; € 350.000,00; € 380.000,00)
b) En caso algún, el sistema implementado en el sitio web del PALÁCIO DO CORREIO VELHO pujará automáticamente, en nombre del vendedor, hasta el valor de reserva o por encima de este.
7 – Ofertas máximas
a) Las ofertas máximas registradas por los clientes nunca serán divulgadas por el PALÁCIO DO CORREIO VELHO.
b) Las ofertas máximas registradas las gestiona el sitio Web del PALÁCIO DO CORREIO VELHO, significando que el valor del lote será incrementado de forma automática, siempre que existan otras pujas u ofertas máximas colocadas posteriormente.
c) Los pujadores que coloquen ofertas máximas, pujarán por el valor base de la puja ( si no existen todavía pujas) o por el valor de puja siguiente designado en el lote, quedando el valor de esa puja condicionado por otros valores de otras ofertas máximas registradas previamente.
8 – Comisión de compra
De acuerdo con lo descrito en el Artículo 5º de las Condiciones Negóciales.
9 – Pago
Complementario con el Artículo 6º de las Condiciones Negóciales:
a) El Cliente Comprador deberá pagar al PALÁCIO DO CORREIO VELHO el montante total en deuda , inmediatamente después de la subasta.
b) Si, en el plazo de 5 laborables contados a partir de la fecha de la subasta, el pago referido en la línea anterior no se efectuase, el PALÁCIO DO CORREIO VELHO, se reserva el derecho de volver a vender en subasta o fuera de esta, el lote o los lotes no pagados por el Cliente Comprador, sin que este se pueda oponer o reclamar cualquier indemnización.
c) El pago puede ser efectuado en efectivo, con tarjeta de débito, cheque o Pay PAL. Los lotes solo estarán a la disposición del Comprador una vez garantizado el pago.
d) Hasta que la transferencia no esté efectiva, los lotes permanecerán como propiedad del Cliente Vendedor.
10 – Transferencia de Titularidad de los Lotes Adquiridos
a) La titularidad de los lotes pujados y comprados no se transferirá para el Cliente Comprador mientras que este no realice el pago de la totalidad del valor total en deuda.
b) Cualquier perdida o daño, incluido hurto o robo, relativo a los lotes comprados, apenas le compete al Cliente Comprador el derecho de recibir la cantidad igual a la pagada hasta ese momento por el bien, no teniendo derecho a cualquier compensación, indemnización o intereses.
11 – Recogida de los lotes
Complementándose con el Artículo 9º de las Condiciones Negóciales:
a) Si el Cliente Comprador no opta por la entrega inmediata, tras efectuar el pago, como podrá verificar en el sitio Web, tiene ocho días laborables, a partir desde la fecha de cierre de la subasta para proceder a la recogida física en las instalaciones del PALÁCIO DO CORREIO VELHO.
b) Si los lotes adquiridos no son recogidos en el plazo antes mencionado, pueden correr por cuenta del cliente los gastos relacionados con el embalaje, almacenamiento, transporte y seguro de los mismos de acuerdo con la tarifa en vigor.
Artículo 35.º
(Foro Competente)
El foro de Lisboa, con expresa renuncia de cualquier otro, tiene la competencia para todas las cuestiones relacionadas con las presente
Artículo 36.º
(Arbitraje)
Siendo el Palacio do Correio Velho, S.A. una entidad prestadora de servicios y vendedora de bienes, en los términos de lo establecido en la Ley Nº 144/2015 del 8 de septiembre, desde ya se informa que el consumidor, en caso de litigio, puede recurrir al Centro de Arbitraje de Conflictos de Consumo de Lisboa, ubicado en Rua dos Douradores, Nº 116, 2º, en 1100-207 Lisboa o disponible en el sitio de internet en la siguiente dirección https://www.centroarbitragemlisboa.pt/
PALÁCIO DO CORREIO VELHO – LEILÕES E ANTIGUIDADES, S.A.



